BASES SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (I.T.E.) Y DE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICACIONES
En el BOP de la provincia de Segovia Nº 79 de 01 de julio de 2022, aparecen publicadas las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de la Inspección Técnica de Edificios (I.T.E) y de la Certificación de Eficiencia Energética de Edificaciones, aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha de 16.06.2022.
La normativa urbanística de Castilla y León, tanto la Ley 5/1999, como el Reglamento que la desarrolla, Decreto 22/2004, (RUCYL en adelante) establecen como instrumento de fomento de la conservación, rehabilitación y nueva edificación la inspección técnica de edificios que tiene por objeto evaluar periódicamente el estado de conservación de los edificios y el cumplimiento de los deberes de conservación en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público, accesibilidad y habitabilidad.
La realización de la inspección de la edificación debe realizarse por un técnico competente que emitirá un certificado al que se adjuntará como anexo inseparable un informe en el que evalúe el estado de conservación de la construcción y el grado de cumplimiento de los deberes citados en el párrafo anterior.
El certificado y su informe anexo se deben remitir al Ayuntamiento, el cual podrá dictar órdenes de ejecución para que se cumplan los deberes de conservación.
Cuando los propietarios no acrediten la realización de la inspección en el plazo correspondiente, el Ayuntamiento podrá requerirles para hacerlo dentro de un plazo máximo de tres meses, transcurrido el cual podrá realizarse la inspección de oficio, a costa de los propietarios.
Esta inspección técnica de edificios es obligatoria para todos los edificios en el Municipio de Segovia, por tener población igual o superior a 20.000 habitantes.
Ámbito
El ámbito de aplicación de las presentes Bases se corresponde con el del término municipal de Segovia, para todos los edificios que alberguen uso residencial (tipología unifamiliar, edificios sometidos a régimen de propiedad horizontal o de complejo inmobiliario privado, [según la regulación prevista en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal]).
Beneficiarios.
Serán beneficiarios de la subvención los propietarios de los edificios obligados al sometimiento a inspección técnica en los términos previstos en el artículo 315. ter del RUCYL. En el supuesto de edificios sometidos a régimen de propiedad horizontal o de complejo inmobiliario privado, serán beneficiarias de la subvención las Comunidades de Propietarios de edificios o la agrupación de Comunidades de propietarios, siempre que estas encarguen la realización de la inspección para la totalidad del edificio o edificios que formen su ámbito de actuación.
Procedimiento solicitud y plazo de presentación.
Aquellos propietarios de viviendas unifamiliares y aquellas Comunidades de Propietarios de edificios que deseen optar a las presentes ayudas, deberán presentar electrónicamente, a través de la sede electrónica (sede.segovia.es) o en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Segovia en el modelo específico adoptado al efecto, la siguiente documentación:
a) Solicitud de subvención normalizada, debidamente cumplimentada.
b) Acreditación de la representación, si procede.
c) Copia del acta de nombramiento del Presidente o poderes de representación (en el caso de Comunidades de Propietarios).
d) Acuerdo de la solicitud de subvención (en caso de Comunidades de Propietarios)
e) Copia de la escritura de propiedad o nota simple del registro de la propiedad (si el solicitante es un propietario o conjunto de propietarios no constituidos en comunidad).
f) Acuerdo de constitución de la Comunidad de propietarios (si procede).
g) Fotocopia del Código de Identificación Fiscal, en su caso.
h) Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique fehacientemente la titularidad de una cuenta corriente a nombre del solicitante de la subvención. No resultará válido para el cumplimiento de este requisito la aportación de un recibo de pago efectuado a cargo de dicha cuenta.
i) Declaración expresa responsable en la que se hagan constar las solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc., o en su caso, de las que estuvieran otorgadas para la misma finalidad. Se pondrá a disposición de los interesados un modelo normalizado de declaración responsable en la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.segovia.es).
j) Declaración expresa responsable de estar en situación de poder ser beneficiario/a de una subvención. Se pondrá a disposición de los interesados un modelo normalizado de declaración responsable en la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.segovia.es).
k) Certificado de encontrarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la AEAT y con la Seguridad Social. El Ayuntamiento comprobará que el solicitante se encuentra al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la administración municipal convocante de estas ayudas.
l) Declaración responsable de que el solicitante no tiene pendientes de reintegro o justificación otras subvenciones. Se pondrá a disposición de los interesados un modelo normalizado de declaración responsable en la sede electrónica del Ayuntamiento (sede.segovia.es).
No será necesario que los propietarios o las Comunidades de Propietarios que, habiendo aportado la documentación exigida, solicitaron tomar parte en la convocatoria anterior (BOCYL de 4 de agosto de 2021, BDNS: 574585) y no resultaron beneficiarios de la subvención a causa del límite económico del presupuesto disponible, vuelvan a presentarla al realizar la solicitud correspondiente a la presente convocatoria.
Esta exención no se aplica a la documentación exigida en la letra k) del presente artículo ni determina un criterio de prevalencia frente al resto de solicitudes presentadas en la presente convocatoria.
Artículo 10. Plazo para la presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde la fecha de publicación del anuncio de la Convocatoria de esta subvención en el BOP de Segovia.