PROCEDIMIENTO ABIERTO INTEGRACIÓN PROFESORADO, A EXTINGUIR, DE PROFESORES TÉCNICOS DE FP DEPENDIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CyL, EN EL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ORDEN EDU/628/2023, de 5 de mayo, por la que se convoca el procedimiento abierto para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
La presente orden tiene por objeto convocar el procedimiento abierto para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
Requisitos de los participantes profesorado
- Pertenecer al Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional como funcionario de carrera.
- Ser titular de la especialidad o especialidades en las que se solicita la integración.
- Poseer una de las siguientes titulaciones: grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, diplomatura universitaria, ingeniería técnica o arquitectura técnica.
- Estar en situación de servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, excedencia por razón de violencia de género o excedencia por razón de violencia terrorista en el Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, siempre que haya tenido su último destino en servicio activo en la Comunidad de Castilla y León.
- Tener destino definitivo o encontrarse en expectativa de destino en la Comunidad de Castilla y León. Se entiende que cumple con este requisito el personal funcionario dependiente de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León que se encuentre prestando servicios temporalmente, en régimen de comisión de servicios, en centros dependientes de otras administraciones educativas.
No podrán participar en este procedimiento el personal funcionario dependiente de otras administraciones educativas que presten servicios temporalmente, en régimen de comisión de servicios, en los centros dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.