SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MODERNIZACIÓN DIGITALIZACIÓN Y MEJORA DE LA GESTIÓN DEL COMERCIO DE CASTILLA Y LEÓN

 

En el BOCyL nº 90 de 10 de mayo de 2024, aparece publicado el EXTRACTO de la Orden de 7 de mayo de 2024, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de Castilla y León. BDNS: 759383

 

Ayudas y subvenciones para la ejecución de proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución; tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación del comercio de Castilla y León.

Con un crédito total de 1.000.000, 00€ y un plazo de presentación de solicitudes que empieza dentro de unos días y durará menos de un mes. Indicaros que serán subvencionables los gastos que estén relacionados con las siguientes categorías y que hayan sido contraídos dentro del periodo subvencionable que se extenderá desde el 1 de abril de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, ambos inclusive, por lo que se deben encontrar ya pagados. Debe estar todo realizado con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.

Serán subvencionables los proyectos a desarrollar tienen como objetivos el fomento de la innovación empresarial y la adaptación a las nuevas fórmulas comerciales y hábitos de consumo, la capacitación en habilidades comerciales, la dinamización de las ventas en las zonas y actividades comerciales, la revitalización comercial de áreas y equipamientos comerciales y el impulso de la digitalización y del uso de las nuevas tecnologías, incorporando la sostenibilidad como eje transversal.

Tienen la consideración de subvencionables los proyectos que se incluyan en una o varias de las siguientes categorías:

  1. La realización, en su caso, de una auditoría energética y/o una auditoría ambiental, cuando se realicen con medios ajenos.
  2. La redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa de los trabajos.
  3. Las obras e instalaciones de adecuación interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, la distribución, la protección y seguridad o la mejora de la imagen del mismo, así como:
    1. Las dirigidas a la eliminación de barreras, mejorar la accesibilidad.
    2. Las dirigidas a la implantación de buenas prácticas medioambientales (reducir los consumos energéticos y/o de agua, y/o minimizar la generación de residuos…)
  4. La adquisición y/o instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, y la adquisición e instalación de toldos.
  5. La adquisición y/o instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados a la actividad
  6. El hardware, el software, el mobiliario tecnológico y los servicios de apoyo necesarios para la implementación de herramientas o soluciones tecnológicas vinculadas con la gestión de la actividad (clientes, proveedores, automatización de operaciones, ciberseguridad, control de stock…), la comercialización (páginas web, tiendas online…) y la mejora de la experiencia de compra en el entorno físico o digital (gestión de turnos, procesos de  pagos, puntos de entrega inteligentes…), o la introducción de mejoras en las herramientas o soluciones ya existentes. Las herramientas y soluciones tecnológicas tienen que estar plenamente operativas a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

La cuantía de la subvención será por cada empresa del 60% del presupuesto subvencionable. No serán subvencionables las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable sea inferior a 2.000 euros o superior a 40.000 euros.

 

Texto BOCyL