Ampliación de la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de 18 de agosto de 2026 ha publicado la Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (RSIF).
La resolución, dictada al amparo del apartado 4 de la Instrucción Técnica Complementaria IF-02, incorpora dos nuevos refrigerantes a la relación contenida en el Apéndice 1, tabla A, de dicha instrucción:
- R-444A, clasificado dentro del grupo de seguridad L2 y clase A2L. Se trata de una mezcla compuesta por R-32/R-152a/R-1234zeE (12/5/83 % en peso), con un PCA100 de 88 y PAO 0.
- R-456A, clasificado dentro del grupo de seguridad L1 y clase A1/A1. Su composición es R-32/R-134a/R-1234zeE (6/45/49 % en peso), con un PCA100 de 685 y PAO 0.
La ampliación se produce tras la solicitud presentada por la Asociación de Empresas de Frío y sus Tecnologías (AEFYT) y la aportación de la documentación correspondiente a las características termodinámicas, químicas y físicas, así como las fichas de datos de seguridad de ambos refrigerantes.
Entrada en vigor
La resolución surte efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOE, por lo que será efectiva desde el 19 de agosto de 2026.
Esta actualización deberá ser tenida en cuenta por los profesionales que intervengan en el diseño, ejecución, mantenimiento y legalización de instalaciones frigoríficas, especialmente en aquellos casos en los que se plantee la utilización de estos refrigerantes.
Normativa:
- Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
- Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa.
