El Real Decreto 926/2026 refuerza los requisitos de sostenibilidad y eficiencia energética para las instalaciones que utilizan biomasa

 

El Real Decreto 926/2026, de 28 de octubre, introduce nuevas disposiciones sobre la utilización de biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa para la producción de energía, reforzando los criterios de sostenibilidad, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y las condiciones para acceder a los sistemas de apoyo económico.

La norma, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 269, de 29 de octubre de 2026, y en vigor desde el 30 de octubre, incorpora parcialmente al ordenamiento jurídico español las modificaciones introducidas por la Directiva (UE) 2023/2413, conocida como Directiva RED III, en materia de energías renovables.

Principales novedades de la normativa

Entre los aspectos más relevantes del Real Decreto destacan los siguientes:

1. Reducción del umbral de potencia para los criterios de sostenibilidad

Se reduce de 20 MW a 7,5 MW de potencia térmica nominal el umbral aplicable a las instalaciones que utilizan combustibles sólidos derivados de biomasa para producir electricidad, calefacción y refrigeración.

Para las instalaciones que utilizan combustibles gaseosos derivados de biomasa, se establece un umbral de 2 MW de potencia térmica nominal. También se fijan condiciones específicas para determinadas instalaciones de producción de combustibles gaseosos a partir de biomasa.

Esta modificación amplía el número de instalaciones sujetas a los requisitos de sostenibilidad y reducción de emisiones.

2. Refuerzo de los criterios de sostenibilidad de la biomasa

Se endurecen las condiciones relativas al origen y aprovechamiento de la biomasa forestal, incorporando mayores exigencias para garantizar la legalidad de las operaciones, la regeneración de las zonas aprovechadas, la protección de la biodiversidad y la conservación de los ecosistemas.

Asimismo, se establece el principio de uso en cascada, que prioriza la utilización de la madera para productos, su reutilización y reciclado antes de destinarla a la producción de energía.

3. Mayores exigencias de reducción de emisiones

Se actualizan los porcentajes mínimos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero que deben acreditar los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa.

En el caso de la producción de electricidad, calefacción y refrigeración mediante combustibles de biomasa, se establece una reducción mínima del 80 % para las instalaciones que hayan entrado en funcionamiento después del 20 de noviembre de 2023, con requisitos específicos y calendarios diferenciados para las instalaciones anteriores.

4. Nuevas obligaciones de acreditación y verificación

Se refuerzan los mecanismos de control para demostrar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones. Los operadores económicos deberán aportar información fiable y someterla a auditorías independientes, pudiendo recurrir a sistemas voluntarios reconocidos por la Comisión Europea o a los mecanismos nacionales de verificación previstos en la normativa.

5. Restricciones a las ayudas para determinadas instalaciones de biomasa

Se limita la concesión de nuevas ayudas y la renovación de las existentes para la producción de electricidad en instalaciones que utilizan exclusivamente biomasa forestal, con determinadas excepciones.

También se restringe el apoyo financiero directo a la producción de energía mediante determinadas materias primas forestales, como trozas de aserrío, madera para uso industrial, tocones y raíces, salvo los supuestos expresamente contemplados en la norma.

Repercusión para los Ingenieros Técnicos Industriales

La aprobación de este Real Decreto tiene especial interés para los Ingenieros Técnicos Industriales que desarrollan su actividad en el ámbito de las instalaciones energéticas, las energías renovables, la cogeneración y los sistemas de producción de calor y electricidad mediante biomasa.

Las modificaciones introducidas hacen necesario prestar especial atención a los siguientes aspectos profesionales:

  • Diseño y dimensionamiento de instalaciones: revisión de los proyectos de instalaciones de generación eléctrica, calefacción y refrigeración que utilicen combustibles de biomasa, teniendo en cuenta los nuevos umbrales de potencia y los requisitos que resulten aplicables.
  • Eficiencia energética y reducción de emisiones: consideración de los nuevos porcentajes de reducción de gases de efecto invernadero y de las exigencias de eficiencia energética en el diseño y evaluación de las instalaciones.
  • Selección y trazabilidad de combustibles: comprobación de la procedencia de la biomasa y de la documentación que acredite el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad.
  • Revisión de instalaciones existentes: análisis de la adaptación de las instalaciones en funcionamiento a los nuevos requisitos, especialmente en aquellos casos que anteriormente estaban exentos.
  • Asesoramiento técnico y documentación: apoyo a titulares y operadores en la justificación técnica y documental del cumplimiento de las nuevas obligaciones.

Además, el Real Decreto modifica el Real Decreto 413/2014, relativo a la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos, e introduce nuevas obligaciones de acreditación para determinadas instalaciones del grupo b.6 que utilizan biomasa forestal y perciben el régimen retributivo específico.

En particular, se establece que los titulares deberán presentar declaraciones responsables sobre la procedencia de la biomasa utilizada, apoyadas en la documentación facilitada por sus suministradores. La falta de acreditación podrá dar lugar a minoraciones de los ingresos correspondientes al régimen retributivo específico.

Una normativa de interés para la actividad profesional

Esta actualización normativa refuerza la importancia de incorporar criterios de sostenibilidad, eficiencia energética y control de emisiones en los proyectos relacionados con la generación de energía a partir de biomasa.

Para los Ingenieros Técnicos Industriales supone un marco regulatorio que conviene conocer, especialmente a quienes desarrollan trabajos de ingeniería, consultoría, diseño de instalaciones, dirección técnica y asesoramiento energético en este ámbito.

Real Decreto 926/2026, de 28 de octubre (BOE-A-2026-22615)