ACTUALIZACIÓN CÓDIGO DE RESIDUOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS (12.03.2026)
- El código «Código de Residuos y Sustancias Peligrosas» ha sido actualizado el 12 de marzo de 2026,
- por modificaciones incorporadas en:
- Artículo 7. Obligaciones de los productores a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
- Artículo 8. Remisión de documentación.
- Artículo 11. Aspectos generales del régimen retributivo específico.
- Artículo 21. Correcciones de los ingresos anuales procedentes del régimen retributivo específico de una instalación como consecuencia del número de horas equivalentes de funcionamiento de la misma.
- Artículo 29 bis. Particularidades relativas a las obligaciones de ingreso correspondientes a las liquidaciones del régimen retributivo específico.
- Artículo 32. Incumplimiento de las condiciones de eficiencia energética.
- Artículo 33. Incumplimiento de los límites en el consumo de combustibles en función de las categorías, grupos y subgrupos.
- Artículo 33 ter. Incumplimiento de las obligaciones de recogida separada de residuos aplicables a las instalaciones del grupo c.1 y c.2.
- Disposición adicional duodécima. Obligación de adscripción a un centro de control de generación y demanda y de envío de telemedidas para las instalaciones no incluidas en el ámbito de aplicación del presente real decreto.
- Disposición adicional vigesimoprimera. Efectos en los permisos de acceso y conexión de la transformación de instalaciones de cogeneración de combustibles fósiles a renovables.
- Disposición adicional vigesimosegunda. Energía renovable procedente de residuos.
- Disposición adicional vigesimotercera. Sistemas de apoyo a la energía procedente de fuentes renovables.
- Disposición transitoria tercera. Remisión de información.
- Disposición transitoria decimonovena. Aplicación de las obligaciones de recogida separada de residuos.
- ANEXO III Control de factor de potencia
- ANEXO XV Acceso y conexión a la red
- Disposición adicional octava. Finalización de la vida útil del vertedero de Ca na Putxa en la isla de Ibiza.
- Disposición adicional novena. Aportaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a favor del Consejo Insular de Mallorca para cofinanciar como administración receptora los costes inherentes al transporte interinsular de residuos.
- Artículo 62. Competencias.
- Artículo 75 bis. Sincronización del procedimiento simplificado de la evaluación ambiental estratégica con la aprobación del planeamiento urbanístico.
- Disposición transitoria segunda. Instalaciones existentes.
- ANEXO I.B Actividades e instalaciones sometidas a autorización ambiental única
- ANEXO II.A Planes y programas que deben someterse al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria
- ANEXO II.B Planes y programas que deben someterse al procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada
- por inclusión de las siguientes normas:
- Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 2025, por el que se aprueba el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2025-2035
- Orden TED/202/2026, de 27 de febrero, por la que se declaran determinadas sustancias y objetos como subproductos con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
- Orden TED/1393/2025, de 2 de diciembre, por la que se establece la Instrucción técnica complementaria para determinar bajo qué circunstancias un vertedero clausurado ya no constituye un riesgo significativo para el medio ambiente
- por modificaciones en la selección de artículos de:
- por exclusión de las siguientes normas:
