DETERMINACIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS LÍNEAS ELÉCTRICAS AFECTADAS POR EL REAL DECRETO SOBRE MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN DE LA AVIFAUNA CONTRA LA COLISIÓN Y LA ELECTROCUCIÓN

 

En el BOCyL Nº 150 de 4 de agosto aparece publicado el ANUNCIO de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, para la determinación, notificación y publicación mediante resolución motivada de las líneas eléctricas afectadas por el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad tiene por objeto el establecimiento de normas de protección, restauración, conservación y mejora de los recursos naturales y, en particular, de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. Dicha ley, en su artículo 54 prevé que se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre. Asimismo, la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León tiene como principios inspiradores, entre otros, la conservación del patrimonio natural sobre la base del funcionamiento ecosistémico de la naturaleza y la compatibilización de la conservación del patrimonio natural con el ejercicio de las actividades económicas, especialmente en las áreas rurales. Asimismo, establece en su artículo 3.2. que las administraciones públicas adoptarán las medidas preventivas necesarias para evitar la ejecución de acciones contrarias a los objetivos de esta ley y, en su caso, determinarán las medidas oportunas para la corrección de los daños y perjuicios ocasionados. Por su parte, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, prevé que las actividades que regula deben compatibilizarse con la protección del medio ambiente.

El Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, estableció una serie de obligaciones para sus titulares, de forma que el condicionado técnico de las líneas eléctricas minimizara en lo posible la electrocución o colisión como causa de mortalidad de la avifauna. La disposición adicional única preveía que el Gobierno, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, habilitaría los mecanismos y presupuestos necesarios para acometer la financiación total de las adaptaciones necesarias. En este sentido, el Real Decreto 264/2017, de 17 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la financiación de la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, indica que serán objeto de financiación aquellos proyectos de adaptación de las líneas eléctricas aéreas existentes a la entrada en vigor de este último Real Decreto, ubicadas en las zonas de protección que figuren en el inventario de líneas peligrosas, realizado y notificado a los titulares de las mismas.

Mediante Orden MAM/1628/2010 de 16 de noviembre, la Comunidad de Castilla y León ha delimitado las zonas de protección de la avifauna, que posteriormente han sido ampliadas a todo el territorio de la Comunidad mediante la Orden FYM/79/2020 de 14 de enero.

Por su parte, la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Castilla y León, a través de la Dirección General de Energía y Minas, publicó la Resolución de 27 de febrero de 2012, por la que se determinan las líneas eléctricas de distribución que no se ajustan a las prescripciones técnicas del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, incluyendo su inventario a esa fecha y dando con ello cumplimiento a lo establecido en el artículo 5.2 del citado Real Decreto.

En la actualidad, se ha habilitado una nueva financiación para continuar con el proceso de adaptación de líneas eléctricas a la necesaria protección de la avifauna de la Comunidad a través de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia destinados a la corrección de tendidos eléctricos que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha distribuido a la Comunidad de Castilla y León. Dichos fondos serán gestionados por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente como titular de las competencias en materia de conservación de especies y hábitats amenazados y de otros elementos del patrimonio natural.

Para ello, es preciso conocer las líneas que, existiendo con anterioridad a la entrada en vigor del citado Real Decreto, aun precisan apoyo financiero para ajustarse a sus prescripciones técnicas, mediante su identificación y caracterización.

Tal y como se establece en el artículo 5.2 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, la Junta de Castilla y León está trabajando para determinar las líneas eléctricas que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en la citada norma.

Debido a la extensión de la Comunidad Autónoma, la dispersión y el elevado número de tendidos eléctricos peligrosos, tanto de empresas de distribución como particulares o consumidores finales, por medio del presente anuncio se pretende, aprovechando razones obvias de oportunidad y necesidad, mejorar la caracterización e inventario de líneas eléctricas peligrosas en Castilla y León de forma complementaria a las actuaciones que de oficio practique la administración, con la única finalidad de mejorar la protección de la avifauna y permitiendo que cualquier titular de un tendido eléctrico peligroso pueda comunicar a la administración su existencia y ser incorporado a la resolución motivada en la que se determinen las líneas que aún no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el citado Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.

La presente vía de identificación de líneas peligrosas es complementaria a aquella que realice la Administración a través de distintas fuentes de información y que será notificada a sus titulares de forma previa a su publicación.

Esta identificación, de carácter voluntario, deberá realizarse mediante declaración dirigida a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, conforme al modelo que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https//www.tramitacastillayleon.jcyl.es) a la que se acompañará reportaje fotográfico de la línea y copia del certificado de instalación de líneas de alta tensión. Podrá presentarse hasta el 30 de noviembre de 2021, incluido, en la forma y por los medios establecidos por el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o en el correo espacios.naturales@jcyl.es.

Para la presentación electrónica, los interesados deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación, que haya sido previamente reconocida por esta Administración, y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas corporativas. Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la precitada sede electrónica.

 

Texto BOCYL