MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA INSTALACIONES FRIGORÍFICAS
El Real Decreto 164/2025 de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, introduce también cambios en el Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas.
🔧 Regulación y normas aplicables
Las instalaciones frigoríficas deben cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas, aprobado por el Real Decreto 552/2019.
Se actualizan normas de referencia, destacando:
UNE 192013:2022: procedimiento para inspección reglamentaria de instalaciones frigoríficas.
Sustitución de normas UNE-EN 378 por sus versiones actualizadas con enmiendas (A1:2021 y A1:2020).
🔍 Inspecciones y mantenimiento
Se introduce un nuevo apartado en la Instrucción IF-14:
“Las inspecciones se realizarán siguiendo los procedimientos establecidos en la norma UNE 192013 u otras que aporten un nivel de seguridad equivalente.”
🔥 Protección contra incendios en cámaras frigoríficas
No es obligatorio instalar BIE en cámaras con temperatura < 4 °C; si se exige, deben ir junto a las entradas.
Si tienen grandes dimensiones o están en sectores de riesgo medio o alto:
Deben disponer de sistemas de control de humos y calor (según el Anexo III).
Se pueden aplicar medidas alternativas como:
Instalación de alarma y detección automática audible desde el exterior.
Uso de rociadores automáticos si la superficie ≥ 500 m², adecuados a la temperatura interior.
Alternativamente, puede usarse un sistema de inertización, según la norma UNE-EN 16750.
📒 Documentación
Se actualiza el modelo de libro de registro y certificado de pruebas de estanqueidad para incluir una nota cuando se trate de equipos compactos o de absorción herméticos.