NOVEDADES  EN FORMACIÓN PROFESIONAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA

Claves  para los ITIs formadores

En el BOE nº 283 de 20 de noviembre aparece publicada la Orden EFD/1333/2025, de 20 de noviembre, por la que se adaptan ciertos aspectos del Sistema de Formación Profesional para su pleno desarrollo en el sistema de enseñanza del Ministerio de Defensa.

 

La Orden EFD/1333/2025, de 20 de noviembre, del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, tiene como objeto principal adaptar y desarrollar ciertos aspectos del Sistema de Formación Profesional (FP) en el ámbito del sistema de enseñanza del Ministerio de Defensa.

Esta norma regula la estructura y el funcionamiento de los Núcleos de Formación Profesional (NFP) dentro de las Fuerzas Armadas y establece los procedimientos para gestionar la oferta de títulos de FP.

Puntos Clave de la Orden:

  1. Ámbito de Aplicación: El sistema de FP regulado se aplica exclusivamente en los centros docentes militares y está orientado al personal de Tropa y Marinería y al Personal Reservista de Especial Disponibilidad.

  2. Acreditación de Competencias: Regula el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales e informales. Esto busca reconocer las capacidades profesionales del personal militar, facilitando su desarrollo de carrera y su posterior incorporación al mercado laboral civil.

  3. Estructura y Órganos de Coordinación: Define la organización de los Núcleos de Formación Profesional, incluyendo los órganos de coordinación necesarios (Departamentos de familia profesional, tutorías, juntas de evaluación, etc.).

  4. Finalidad: Contribuye a la cualificación profesional, al fomento del desarrollo profesional y a la empleabilidad del personal militar.

Aunque la Orden se centra en la Formación Profesional y el sistema de enseñanza del Ministerio de Defensa, su relevancia para los Ingenieros Técnicos Industriales (actualmente titulados en Grado en Ingeniería de la rama industrial) se encuentra principalmente en el ámbito de la docencia y la gestión de la formación técnica.

La titulación de Ingeniero Técnico Industrial (o su correspondiente Grado) es una cualificación universitaria que habilita para impartir docencia en determinadas especialidades de Formación Profesional.

Esta Orden es relevante para estos profesionales por:

  • Requisitos del Personal Docente: La Orden establece las normas para la provisión y requisitos del personal docente en los nuevos Núcleos de Formación Profesional. Los Ingenieros Técnicos Industriales pueden optar a impartir módulos formativos dentro de las Familias Profesionales de la rama industrial y técnica (como Electricidad y Electrónica, Fabricación Mecánica, Instalación y Mantenimiento, etc.).

  • Diseño e Impartición de Programas Técnicos: Estos profesionales poseen la competencia técnica necesaria para participar en el diseño, desarrollo y evaluación de los ciclos formativos de Grado Superior de naturaleza técnica que se ofrezcan en los centros del Ministerio de Defensa.

  • Participación en Procedimientos de Acreditación: Pueden formar parte de los órganos técnicos o comisiones de evaluación encargadas de valorar y certificar las competencias profesionales adquiridas por el personal militar en campos técnicos, donde la experiencia y formación de un Ingeniero Técnico Industrial es crucial para determinar la equivalencia y el nivel de cualificación.

Texto BOE