NUEVA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA UNIVERSITARIO (LOSU)

 

En el BOE nº 70 de jueves 23 de marzo de 2023, aparece publicada la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo de Sistema Universitario.

 

Reducir la precariedad: un objetivo prioritario

Esta nueva ley plantea numerosas medidas para la reducción de la precariedad en el conjunto del sistema universitario.

La temporalidad del profesorado pasa del 40% que fija la LOU al 8%.

Se recupera el sentido original de la figura de profesorado Asociado, que aportará sus conocimientos en aquellas materias en las que su experiencia profesional resulte relevante, estableciendo un máximo de 120 horas lectivas en su docencia y no podrán realizar tareas de gestión y coordinación. Se dignifican las condiciones laborales del profesorado Asociado convirtiendo sus plazas temporales en indefinidas, medida de la que se beneficiarán más de 25.000 profesoras y profesores y que les dará derecho al reconocimiento de la antigüedad, indemnización por despido, etc.

Se incorpora la figura del profesorado Sustituto cuya finalidad exclusiva es la de sustituir al profesorado con derecho a reserva de puesto de trabajo que suspenda temporalmente sus servicios.

Financiación

La nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario plantea el compromiso de un gasto mínimo del 1% del PIB. Este aumento va en la línea de lo ya acordado en la LOMLOE de un mínimo del 5% del PIB de gasto en Educación o el 1,25% que plantea la Ley de Ciencia. “”, ha afirmado el ministro sobre este compromiso de financiación.

Tope a las tasas universitarias: una medida para el estudiantado y para las familias.

La gestión de la crisis económica de 2008 tuvo repercusiones directas en la financiación de las universidades. La reducción del gasto público en educación universitaria vino acompañada de subidas permanentes en los precios públicos.

En esta legislatura, una vez derogado el ‘sistema de horquillas’ se aprobó por el voto mayoritario de las Comunidades Autónomas la propuesta del Ministerio de Universidades de establecer un precio máximo a los precios públicos universitarios. Esta propuesta redujo las diferencias entre Comunidades Autónomas al mismo tiempo que establece unos máximos para evitar las subidas excesivas en los precios.

La LOSU consolida estas medidas estableciendo que las Comunidades Autónomas fijarán el precio siguiendo el principio general de contener o bajar precios progresivamente. Es decir, los precios públicos solo podrán reducirse o mantenerse, nunca subir.

Una universidad para todas las edades

Entre los principales cambios introducidos por el ministro Subirats se encuentra lo relativo a la formación a lo largo de la vida, es decir, hacer que las universidades estén dirigidas a todas las edades, para dar respuesta a las necesidades competenciales en la edad adulta y por el cambio demográfico previsto en los próximos años. Así, se determina que la formación a lo largo de la vida sea una función básica de la universidad. Se establecerán títulos propios de formación a lo largo de la vida mediante modalidades diversas, incluidas microcredenciales, micromódulos y otros títulos de corta duración.

“Las microcredenciales es una de las políticas de la Unión Europea que esta ley incorpora”, ha indicado el ministro.

Una carrera académica más predecible, más corta y más estable

La LOSU ha querido configurarse también como una herramienta que sea capaz de producir certezas y garantías al personal docente e investigador. Así, la carrera académica es con la LOSU más predecible y clara, con tres etapas en vez de las cuatro de la Ley Orgánica de Universidades (LOU): acceso, estabilización y promoción.

Desde el inicio de los estudios de doctorado hasta la estabilización solo pasarán diez años, consiguiendo así un rejuvenecimiento de la plantilla universitaria. El acceso a la carrera se realizará con la figura del Ayudante Doctor, con un contrato de 6 años (en vez de los 5 de la LOU), eliminando la acreditación para esta figura al igual que se hace en el resto de los países europeos, y accediendo por concurso público. Con ello se avanza la edad de entrada y se permite también atraer talento internacional.

Pasados estos 6 años se podrá alcanzar la estabilización a través de las figuras de Titular de Universidad o bien de Permanente Laboral, mediante la acreditación pertinente y un concurso público. La figura de promoción será la de Catedrático/ a.

También se ha querido poner énfasis en los aspectos relativos a los retornos a la sociedad incorporando nuevos principios para las evaluaciones al profesorado; éstas serán cualitativas y cuantitativas, tendrán en cuenta el acceso abierto de las publicaciones, el impacto territorial de las investigaciones, la pluralidad lingüística, la experiencia profesional, y las particularidades de cada disciplina académica. Además, y de cara a evitar dinámicas endogámicas, en todos los concursos públicos la universidad convocante estará en minoría y los miembros serán escogidos por sorteo.

Internacionalización

La LOSU se articula en el Espacio Europeo de Educación Superior y este marco está presente a lo largo de todo su articulado. La LOSU incorpora, por primera vez, un título dedicado a la internacionalización. Gobierno, CCAA y universidades elaborarán estrategias para internacionalizar el sistema universitario. Las alianzas universitarias europeas, euro regionales e internacionales se refuerzan, con el impulso de títulos compartidos.

En esta ley la movilidad internacional del estudiantado, del PDI y del PAS se convierte en una prioridad. Además, se agilizan los visados por estudios para atraer talento y, al finalizar los estudios universitarios de grado, máster o posgrado, se podrá optar a un visado de dos años para hacer prácticas o trabajar.

Asimismo, la LOSU ha creado una nueva figura de Profesorado Distinguido cuya función es atraer profesorado de prestigio académico e investigador, tanto nacional como extranjero .

La LOSU, una ley para ensanchar los derechos de la comunidad universitaria en su conjunto

Se ha querido continuar con la senda ya iniciada por la Ley de Convivencia Universitaria dotando así a todo el texto de un conjunto de derechos y reconocimientos a diferentes sensibilidades que, hasta hoy, no eran reconocidos. En materia de género, para crear una universidad, pública o privada, se deberán contar con planes de igualdad, medidas para eliminar la brecha salarial y protocolos frente a todo tipo de acoso. Por otra parte, las Unidades de Igualdad y las de Diversidad serán obligatorias y todos los órganos de las universidades y las comisiones de evaluación o selección de personal garantizarán una composición equilibrada entre mujeres y hombres. Además, en los concursos se podrán aplicar acciones positivas para contratar, en igualdad de condiciones de idoneidad, al sexo menor representado.

En lo relativo a las cuestiones de discapacidad, las Unidades de Diversidad deberán contar con un servicio de atención a la discapacidad y disponer de un plan de inclusi ó n y n o discriminación por motivos de discapacidad, origen étnico y nacional, orientación sexual e identidad de género, y por cualquier otra condición social o personal. Se establece también un cupo de reserva para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público, las universidades deberán facilitar la lengua de signos al estudiantado, así como fomentar estudios propios adaptados a personas con discapacidad intelectual u de otra índole.

Estudiantado

La LOSU es una ley pensada para los y las estudiantes, tengan la edad que tengan. La vida universitaria y la calidad de la docencia han sido dos elementos clave de los derechos del estudiantado, y así se ve reflejado en la Ley.

Su participación en los órganos de gobierno de la universidad como el Claustro o los Consejos de Facultad o Departamento alcanza en la LOSU un mínimo del 25% cuando en la LOU no se aseguraba ningún porcentaje. La LOSU contempla la creación del Consejo de Universidades universitario, que será el órgano de máxima representación y coordinación del estudiantado. También se fomenta su participación en la gestión de servicios universitarios, en el desarrollo de mentorías y tutorías, y en el conjunto de la vida universitaria. La lista de derechos al estudiantado que establece esta Ley es extensa, destacando el derecho al paro académico entre ellos.

Una ley para un cambio de época

En definitiva, la LOSU marca los horizontes hacia los que deben ir las universidades, aumentando para ello su autonomía y dándoles las herramientas necesarias para afrontar los cambios que se están produciendo en la sociedad. El sistema universitario en su conjunto se ve reforzado para afrontar los nuevos retos adecuando las perspectivas en financiación, en innovación y revalorización de la docencia, ahondando en la transferencia de conocimiento hacia la sociedad y fijando el camino ya iniciado por el Ministerio de Universidades en materia de democratización en el acceso a la universidad, en materia de derechos y de autonomía universitaria.

“Las universidades son y tienen que seguir siendo el faro que proyecta al mundo los valores de Europa: valores democráticos, de derechos sociales, de igualdad y de reconocimiento de la diversidad, asegurando también su, cada vez, mayor aportación a las necesidades y retos sociales” ha afirmado el ministro Joan Subirats en su intervención en sede parlamentaria.

Texto BOE