Nuevo marco para los planes de inversión de las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
En el BOE nº 186 de 31 de julio de 2026 aparece publicado el Real Decreto 640/2026, de 29 de julio, por el que se regulan los planes de inversión de las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, establece un nuevo marco regulatorio para la planificación, aprobación y seguimiento de las inversiones en las redes eléctricas.
La norma, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 31 de julio de 2026, adapta el sistema de planificación de las redes al actual proceso de electrificación de la economía, al crecimiento de las nuevas demandas eléctricas y a las necesidades derivadas de la transición energética.
Principales novedades
El Real Decreto regula los límites máximos de inversión con derecho a retribución con cargo al sistema eléctrico, así como los volúmenes máximos de inversión de las empresas transportistas y distribuidoras y el procedimiento para la aprobación y control de sus planes de inversión. El nuevo marco será de aplicación, con carácter general, a partir de 2028.
Entre sus principales novedades destacan:
- Mayor transparencia en la planificación de las redes. Las empresas distribuidoras deberán realizar previamente un proceso de consulta pública para conocer las necesidades y propuestas de desarrollo de la red de empresas, consumidores y administraciones. Los planes de inversión aprobados deberán hacerse públicos.
- Mayor información sobre la capacidad de las redes. Los informes de seguimiento deberán incluir información sobre la capacidad de acceso concedida y denegada, la capacidad concedida pero no contratada y el nivel de utilización de las redes. También deberán justificarse los retrasos en las actuaciones previstas.
- Impulso a nuevas demandas eléctricas. En las redes de distribución, los incrementos de inversión podrán orientarse a atender nuevas demandas industriales y residenciales, así como las relacionadas con la descarbonización del transporte. También podrán destinarse a mejorar el control, gestión, observabilidad y ciberseguridad de las redes.
- Inversiones anticipatorias. Se contempla la posibilidad de realizar determinadas actuaciones antes de que exista una demanda concreta, cuando estén justificadas por las necesidades futuras de nuevos suministros o ampliaciones y contribuyan a facilitar la electrificación de determinadas zonas.
- Mejora de la resiliencia de las redes. Entre las actuaciones que podrán contemplarse se incluyen medidas destinadas a reforzar las redes frente a fenómenos naturales adversos y actuaciones de adaptación de líneas a la normativa de protección de la avifauna.
- Aprovechamiento de instalaciones existentes. Se facilita la incorporación a las redes de determinadas instalaciones existentes cuando esta alternativa resulte económicamente beneficiosa para el sistema, evitando en determinados casos la construcción de nuevas infraestructuras.
Refuerzo del control sobre las inversiones
El Real Decreto establece mecanismos para incentivar el cumplimiento efectivo de los planes aprobados.
Las empresas deberán presentar anualmente informes de seguimiento y se establecen minoraciones de los límites de inversión en determinados supuestos de incumplimiento reiterado de los planes o de exceso de inversión respecto de los volúmenes autorizados.
Asimismo, la referencia utilizada para determinar los límites individuales de inversión se vincula a la última retribución aprobada, sin incentivos, disponible a una fecha determinada, con el objetivo de reducir incertidumbres y evitar retrasos derivados de la aprobación de las retribuciones.
Relevancia para la actividad industrial
El nuevo marco pretende adaptar el desarrollo de las redes eléctricas al incremento de las necesidades de generación, consumo y electrificación, facilitando una planificación más orientada a las necesidades reales de los territorios y de los distintos sectores económicos.
Para la actividad industrial, uno de los aspectos de mayor interés será la mayor visibilidad sobre los planes de inversión y sobre la evolución de la capacidad de las redes, especialmente en relación con nuevas conexiones, ampliaciones de suministro y proyectos asociados a la electrificación y descarbonización.
El Real Decreto también establece disposiciones transitorias para adaptar los planes de inversión de 2027, así como para abordar los planes correspondientes al periodo 2018-2026 que se encontraban pendientes de aprobación bajo el marco anterior.
Entrada en vigor: 1 de agosto de 2026.
