REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES (Real Decreto 164/2025)

El Real Decreto 164/2025, aprobado el 4 de marzo y publicado en el BOE el 10 de abril de 2025, introduce una importante actualización en el ámbito de la seguridad industrial. Este reglamento, que reemplaza al anterior de 2004, tiene como objetivo establecer un marco normativo actualizado y adaptado a las necesidades actuales de protección contra incendios en los establecimientos industriales. (Deroga el Real Decreto 2267/2004)

Principales cambios:

  • Adaptación a nuevas soluciones técnicas y normativas: El nuevo reglamento incorpora las últimas innovaciones en construcción y seguridad, alineándose con la normativa europea, como el Reglamento (UE) 2024/3110 sobre productos de construcción y el Código Técnico de la Edificación (CTE).

  • Modificaciones en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios: Se actualizan los requisitos relacionados con el diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los sistemas de protección activa contra incendios, conforme a las últimas necesidades detectadas en el sector.

  • Complementación con el Documento Básico DB-SI del CTE, para mejorar la coordinación entre la seguridad en los establecimientos industriales y los edificios no industriales.

  • Regulación de extintores en vehículos de transporte: Se introducen cambios en las prescripciones de los extintores exigibles a los vehículos, especialmente en los destinados al transporte de mercancías peligrosas, para facilitar el cumplimiento de la normativa.

Este reglamento busca garantizar la seguridad en los establecimientos industriales frente a incendios, minimizando los daños a personas, bienes y al medio ambiente. La actualización también incluye la modificación de diversas normativas complementarias relacionadas con la seguridad industrial.

El Real Decreto 164/2025 se aprueba bajo el marco de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y constituye un paso fundamental hacia la mejora de la seguridad en el entorno industrial.

El presente real decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.

Texto BOE