REQUISITOS PARA LA ACREDITACIÓN Y ACTUACIÓN DE LOS LABORATORIOS OFICIALES DE CATALOGACIÓN DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS EN CyL
En el BOCyL nº 20 de 29 de Enero de 2021, aparece publicada la ORDEN EEI/54/2021, de 21 de enero, por la que se establecen los requisitos para la acreditación y actuación de los laboratorios oficiales de catalogación de vehículos históricos en Castilla y León.
El Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos regula un procedimiento especial de catalogación y matriculación de estos vehículos, cohonestando su preservación y su utilización por las personas interesadas, rodeando a esta última de las necesarias seguridades de índole técnica y mecánica.
La Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la unidad de mercado, fundamenta la unidad de mercado en la libre circulación y establecimiento de los operadores económicos, en la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio español y en igualdad de condiciones básicas de ejercicio de la actividad económica, obligando a que las autoridades competentes, en virtud del principio de cooperación y confianza mutua, actúen respetando el ejercicio legítimo por otras autoridades de sus competencias reconociendo sus actuaciones para todo el territorio nacional.